Oficina NOTAM International

En el Anexo 15 se define una oficina NOTAM internacional (NOF) como “oficina designada por un Estado para el intercambio internacional de NOTAM”. El anexo indica además que “los servicios de información aeronáutica harán los arreglos necesarios para satisfacer los requisitos operacionales relativos a la expedición y recibo de los NOTAM distribuidos por telecomunicaciones.”

NOTAM: Aviso distribuido por medios de telecomunicaciones que contiene información relativa al establecimiento, condición o modificación de cualquier instalación aeronáutica, servicio, procedimiento o peligro, cuyo conocimiento oportuno es esencial para el personal encargado de las operaciones de vuelo.

Listas de Verificación y listas de NOTAM válidos: Deben expedirse periódicamente por conducto del AFS (por lo menos cada mes) las listas de verificación de los NOTAM válidos. Además, las listas de verificación deben incluir las últimas enmiendas de la AIP, suplementos AIP y, por lo menos, las AIC de distribución internacional. Además, debe entregarse a todos los destinatarios de la documentación integrada de información aeronáutica una lista mensual impresa en lenguaje claro de los NOTAM válidos, incluidas referencias a las últimas enmiendas AIP, AIC expedidas y listas de verificación de suplementos AIP.